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FUNCIONES ADL. C- VALENCIANA
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FUNCIONES ADL C. MADRID
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FUNCIONES ADL GALICIA
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1. Los agentes de Empleo y Desarrollo Local se configuran como
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1. Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local se configuran
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1. Los agentes de empleo y desarrollo local se configuran
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personal trabajador de las corporaciones locales o entidades dependientes
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como personal contratado por las Corporaciones Locales o entidades
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como personal contratado por las entidades
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o vinculadas a una administración local, que tienen como
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dependientes o vinculadas a una Administración Local, que tienen
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locales o entidades dependientes o vinculadas a una
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misión principal colaborar en la promoción y la implantación de políticas
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como misión principal colaborar en la promoción e implantación
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Administración local, que tienen como misión principal
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activas de empleo orientadas a la generación de actividad empresarial,
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de las políticas activas de empleo, orientándolas a la generación
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colaborar en la implantación de las políticas
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y se desarrollará dicha colaboración en el marco de actuación
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de actividad empresarial, desarrollándose dicha colaboración en el
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activas de empleo relacionadas con la creación de
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conjunta y acordada entre la entidad contratante y el SERVEF.
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marco de la actuación conjunta y acordada de la entidad contratante
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actividad empresarial.
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2. La contratación de los agentes de Empleo y Desarrollo Local se
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y el Servicio Regional de Empleo adscrito a la Consejería de Empleo
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2. La colaboración en la implantación de las políticas
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realizará por las corporaciones locales o las entidades dependientes o
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y Mujer.
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activas de empleo se desarrollará conjuntamente entre
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vinculadas a una administración local, y los costes laborales serán subvencionados
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la entidad contratante y la Consellería de Trabajo,
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por el SERVEF de acuerdo con lo previsto en esta orden.
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siguiendo las directrices fijadas por esta, para lo que
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los agentes de empleo y desarrollo local contratados:
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a) Analizarán la evolución y repercusión de las medidas
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activas de empleo en su zona de actuación, facilitándole
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información puntual a aquélla.
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b) Colaborarán con el resto de los integrantes de
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la red, en la búsqueda de la mejora de su calidad,
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intercambiando conocimientos y experiencias, así
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como desarrollando actividades y proyectos conjuntos.
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c) Promover la cultura emprendedora fomentando
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iniciativas empresariales y apoyando nuevos proyectos
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de autoempleo individual o colectivo, informando de
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las medidas de apoyo existentes y poniendo en relaciones
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personas emprendedoras y recursos.
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d) Comunicar a empresas y personas emprendedoras
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las subvenciones para la formación y el empleo, así
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como facilitar el acceso a las mismas.
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e) Facilitar la inserción laboral de las personas
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demandantes de empleo, en especial de las participantes
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en políticas activas de empleo, identificando
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las necesidades de personal de las empresas a corto
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y medio plazo y proponiendo acciones de mejora de
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la empleabilidad de la población desempleada.
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f) Observación estratégica del territorio y realización
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de estudios a fin de detectar necesidades formativas
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y educativas de la población desempleada.
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g) Contribuir al desarrollo socioeconómico del territorio
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mediante:
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1. Los agentes de Empleo y Desarrollo Local realizarán las
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2. Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local realizarán las siguientes
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siguientes funciones:
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funciones:
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a) Prospección de recursos ociosos o infrautilizados de proyectos
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a) Prospección de recursos ociosos o infrautilizados, de proyectos
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1-La prospección de recursos ociosos o infrautilizados
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empresariales de promoción económica local e iniciativas innovadoras
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empresariales de promoción económica local e iniciativas
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y de proyectos empresariales de promoción económica
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para la generación de empleo en el ámbito local, que identifiquen nuevas
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innovadoras para la generación de empleo en el ámbito local,
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e iniciativas innovadoras para la generación de
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actividades económicas y posibles emprendedores.
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y nuevos yacimientos de empleo, utilizando el
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enfoque de género.
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empleo.
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2-La difusión y estímulo de las potenciales oportunidades
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b) Difusión y estímulo de las potenciales oportunidades de creación
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b) Difusión o estímulo de potenciales oportunidades de creación
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de creación de actividades entre personas
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de actividad entre personas desempleadas, promotores, emprendedores
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de actividad entre los desempleados, promotores y emprendedores,
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desempleadas, promotores y promotoras, personas
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e instituciones colaboradoras.
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así como instituciones colaboradoras.
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emprendedoras e instituciones colaboradoras.
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c) Acompañamiento técnico en la iniciación de proyectos empresariales
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c) Acompañamiento técnico en la iniciación de proyectos empresariales
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3-El acompañamiento técnico en La iniciación de proyectos
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para su consolidación en empresas generadoras de nuevos
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para su consolidación en empresas generadoras de
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empresariales para su consolidación en empresas
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empleos, asesorando e informando sobre la viabilidad técnica, económica
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nuevos empleos, asesorando e informando sobre la viabilidad
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generadoras de nuevos empleos, asesorando e
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y financiera y, en general, sobre los planes de lanzamientos de
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técnica, económica y financiera y, en general, sobre los planes
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informando sobre la viabilidad técnica, económica y
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las empresas.
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de lanzamiento de las empresas.
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financiera y, en general, sobre los planes de lanzamiento
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d) Apoyo a promotores de las empresas, una vez constituidas éstas,
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d) Apoyo a promotores de empresas, una vez constituidas estas,
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de las empresas.
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acompañando técnicamente a los mismos durante las primeras etapas
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acompañando técnicamente a los mismos durante las primeras
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4.El apoyo a los promotores y a las promotoras de
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de funcionamiento mediante la aplicación de técnicas de consultoría
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etapas de funcionamiento, mediante la aplicación de técnicas
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las empresas, una vez constituidas estas, acompañándolos/
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en gestión empresarial y asistencia en los procesos formativos adecuados
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de consultoría en gestión empresarial y asistencia en los
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as técnicamente durantes las primeras etapas
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para coadyuvar a la buena marcha de las empresas creadas.
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procesos formativos adecuados para coadyuvar a la buena
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de funcionamiento.
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marcha de las empresas creadas.
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e) Cualesquiera otras que contribuyan a garantizar la misión principal
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e) Cualesquiera otras que contribuyan a garantizar la misión
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enunciada en el artículo anterior.
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principal enunciada en el apartado 1 de este artículo, entre las
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2. Asimismo, podrán promover y potenciar los programas de
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que se encuentran la colaboración con el Servicio Regional
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Fomento de Empleo en su respectivo ámbito local, en colaboración
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de Empleo en el fomento de la actividad emprendedora.
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con el SERVEF. En todo caso, tendrán conocimientos suficientes para
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dar información y asesoramiento sobre dichos programas.
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